Orden de sucesión de herederos en Argentina: Descubre quién hereda en matrimonios y uniones convivenciales» podría reducirse a:
«Descubre quién hereda en Argentina: Orden de sucesión para matrimonios y uniones convivenciales
En Argentina, el orden de sucesión de herederos es un tema de gran importancia para garantizar que los bienes y propiedades de una persona sean correctamente transferidos a sus herederos legales. En este artículo, te brindaremos información detallada sobre el orden de sucesión en matrimonios y uniones convivenciales en Argentina. Aprenderás quiénes son los herederos legales, en qué orden se establece su derecho a heredar y qué situaciones especiales pueden afectar este orden. Si estás interesado en conocer quién hereda en Argentina y cómo se determina, ¡sigue leyendo!
¿Quiénes son los herederos legales?
En Argentina, los herederos legales se dividen principalmente en dos categorías: los herederos forzosos y los herederos testamentarios.
Te puede interesar...Cómo se reparten los bienes cuando no hay testamento en un matrimonio o unión convivencial en ArgentinaLos herederos forzosos son aquellos que tienen derecho a heredar una parte de los bienes de una persona, incluso si esta última no ha dejado ningún testamento. Estos herederos son los descendientes, ascendientes y el cónyuge o conviviente del fallecido. Los hijos tienen derecho a recibir una porción igualitaria, mientras que los padres del fallecido y el cónyuge o conviviente recibirán una parte proporcional según la existencia de otros herederos.
Por otro lado, los herederos testamentarios son aquellos que han sido designados como herederos en un testamento válido. Estos herederos pueden ser familiares o terceras personas que el fallecido haya elegido expresamente como beneficiarios.
Orden de sucesión en matrimonios
En los casos de matrimonios, el orden de sucesión se establece de la siguiente manera:
Te puede interesar...Cuáles son las ventajas y desventajas de realizar un testamento en vida en un matrimonio o unión convivencial en Argentina- Los hijos del matrimonio, ya sean comunes o adoptados, tienen derecho a heredar.
- En caso de no haber hijos, los padres del fallecido son los siguientes en la línea de sucesión.
- Si no hay ni hijos ni padres, el cónyuge sobreviviente es el siguiente en la línea de sucesión.
- En caso de no haber descendientes ni ascendientes, los hermanos del fallecido tienen derecho a heredar.
- Si no hay otras personas en la línea de sucesión, los herederos testamentarios, designados en un testamento válido, serán los beneficiarios de los bienes del fallecido.
Orden de sucesión en uniones convivenciales
En el caso de las uniones convivenciales, el orden de sucesión es similar al de los matrimonios. Sin embargo, es importante mencionar que las uniones convivenciales deben estar debidamente registradas y cumplir con los requisitos legales para que el conviviente tenga derecho a heredar.
El orden de sucesión en las uniones convivenciales se establece de la siguiente manera:
- Los hijos de la unión convivencial, ya sean comunes o adoptados, tienen derecho a heredar.
- En caso de no haber hijos, los padres del fallecido son los siguientes en la línea de sucesión.
- Si no hay ni hijos ni padres, el conviviente sobreviviente es el siguiente en la línea de sucesión.
- En caso de no haber descendientes ni ascendientes, los hermanos del fallecido tienen derecho a heredar.
- Si no hay otras personas en la línea de sucesión, los herederos testamentarios, designados en un testamento válido, serán los beneficiarios de los bienes del fallecido.
Situaciones especiales que pueden afectar el orden de sucesión
Existen algunas situaciones especiales que pueden afectar el orden de sucesión en Argentina. Algunas de estas situaciones incluyen:
Te puede interesar...Cuál es el proceso para impugnar un testamento en un matrimonio o unión convivencial en Argentina- La existencia de un régimen de separación de bienes en matrimonios.
- La falta de registro adecuado de una unión convivencial.
- La presencia de herederos o beneficiarios excluidos en un testamento.
- La existencia de hijos extramatrimoniales o reconocidos legalmente.
En estas situaciones, es recomendable buscar asesoramiento legal para determinar cómo se aplicará el orden de sucesión y resolver cualquier disputa relacionada con la herencia.
Conclusión
En Argentina, el orden de sucesión de herederos en matrimonios y uniones convivenciales es un proceso legal importante para garantizar que los bienes y propiedades sean transferidos correctamente a los herederos legales. Conocer quiénes son los herederos legales y en qué orden se establece su derecho a heredar es fundamental para evitar conflictos y asegurar que los deseos y derechos del fallecido se respeten.
Si te encuentras en una situación que involucra la sucesión de bienes y herederos, es recomendable buscar asesoramiento legal para entender completamente tus derechos y opciones.
Preguntas frecuentes
¿Qué sucede si el fallecido no tiene ningún testamento?
Si el fallecido no ha dejado ningún testamento válido, se aplicará el orden de sucesión de herederos legales correspondiente según el tipo de relación (matrimonio o unión convivencial) y la existencia de descendientes, ascendientes y otros familiares.
¿Los hijos tienen un derecho igualitario a heredar?
En la mayoría de los casos, los hijos tienen derecho a recibir una porción igualitaria de la herencia. Sin embargo, existen excepciones en las que se pueden aplicar ciertas diferencias en función de la existencia de herederos forzosos y testamentarios.
¿Qué sucede si el fallecido tenía hijos extramatrimoniales?
Los hijos extramatrimoniales tienen los mismos derechos a heredar que los hijos matrimoniales o reconocidos legalmente. En estos casos, se debe demostrar la filiación paterna o materna para poder reclamar la herencia.
¿Es posible desheredar a un heredero?
En Argentina, es posible desheredar a un heredero siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos legales. Para ello, se debe contar con un testamento válido en el que se especifique claramente la exclusión del heredero y las razones que justifican dicha exclusión.